Employee Rights No Fees Unless We Win
Licencias para Víctimas de Delitos
Los empleadores deben permitir al trabajador que ha sido víctima de un delito, que es miembro de la familia inmediata de una víctima, que es pareja de hecho registrada de una víctima, o el hijo de una pareja de hecho registrada de una víctima, que se ausente del trabajo para atender los procedimientos judiciales relacionados con ese delito. Miembro de la familia inmediata se define como el cónyuge, hijo, hijastro, hermano, hermanastro, hermana, hermanastra, madre, madrastra, padre o padrastro.
La víctima se define como la persona contra quien uno de los siguientes delitos ha sido cometido:
- Un crimen grave o violento (asesinato, violación)
- Un delito contemplado en una disposición de la ley prohibiendo el robo o fraude.
Si a usted no se le ha concedido una licencia para asistir a los procedimientos judiciales relacionados con un delito cometido contra usted, o si ha enfrentado un trato negativo, o despido por haber tomado una licencia para atender tales procedimientos, contacte a los abogados experimentados en permisos para víctimas de delitos, de la Firma Kokozian, APC. 323-857-5900. Pregunte sobre nuestra consulta inicial gratuita.