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Acoso Sexual por Mirar Persistentemente y/o Lascivamente
Un ambiente de trabajo hostil puede darse por mirar persistentemente o lascivamente aun si no ocurre el contacto físico. Las leyes de California prohíben el acoso sexual por mirar persistentemente y/o lascivamente. Cal. Gob. C. 12940(j)(1). En el caso Billings contra la Ciudad de Grafton, la corte admitió una demanda por ambiente laborarl hostil en donde un supervisor miraba con regularidad los pechos de la secretaria, durante gran parte de los dos y medio años que trabajaron juntos, a pesar de las continuas quejas de ella a su empleador. Billings contra la Ciudad de Grafton (Primer Circuito 2008) 515 F3d 39, 50.
Para determinar si la conducta de acoso es grave o lo bastante general para consituir un ambiente laboral hostil, los tribunales buscan los siguientes factores:
- La naturaleza de las acciones o actos de tipo sexual inoportunos (por ejemplo: generalmente el contacto físico es más ofensivo que el abuso verbal no deseado)
- La frecuencia con que se dan los encuentros ofensivos,
- El número total de días en los que ocurrieron todas las conductas ofensivas,
- Y el contexto en el que ocurrió la conducta de hostigamiento sexual.
Un ejemplo: Una empleada se da cuenta de que su supervisor la observa de arriba abajo cuando se miran. Igualmente, cuando hay alguna reunión o cuando él va a la oficina de ella, constantemente intenta mirar por debajo de su blusa. Sus ojos siempre parecen fijarse en las partes privadas de ella. La trabajadora se queja ante el dueño de la empresa, pero la conducta del supervisor no cambia. La empleada se siente extremadamente incómoda cada vez que su supervisor está cerca como resultado de esta conducta. Si usted está experimentando o ha experimentado una situación similar, contacte a nuestro despacho.
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